ExamenBienesRaicesFlorida

🪪 Leyes y Reglas · Reconocimiento mutuo y licencia de no residente: quién califica, el examen de 40 preguntas y las obligaciones posteriores

Bundle Leyes y Reglas · el examen del no residente

Florida no tiene reciprocidad: tiene reconocimiento mutuo. El artículo 475.180 de los Estatutos de Florida autoriza a la Comisión de Bienes Raíces de Florida (FREC) a firmar acuerdos escritos con las autoridades de otras jurisdicciones para que sus licenciatarios obtengan la licencia de Florida equivalente sin repetir el curso de prelicencia ni el examen estatal completo. A cambio, la regla 61J2-26.001 del Código Administrativo de Florida exige a todo solicitante no residente un examen escrito de 40 preguntas, de un punto cada una, que se aprueba con 30 puntos o más. La materia es la ley general de licencias de bienes raíces, con énfasis particular en los capítulos 455 y 475 de los Estatutos de Florida y en las reglas de la FREC del capítulo 61J2.

Quién es residente y quién no

La regla 61J2-26.002 define residente como quien ha vivido en Florida de forma continua cuatro meses calendario o más dentro del último año, o quien reside ahora en Florida con la intención de quedarse cuatro meses o más; el tipo de vivienda (hotel, apartamento, casa, temporal o permanente) es indiferente. Un residente de Florida no puede acogerse al reconocimiento mutuo aunque tenga licencia en un estado con acuerdo: debe cursar las 63 horas y presentar el examen completo. La lista de jurisdicciones con acuerdo la publica el DBPR y cambia con el tiempo; en fuentes secundarias de 2026 aparecen diez estados (Alabama, Arkansas, Connecticut, Georgia, Illinois, Kentucky, Mississippi, Nebraska, Rhode Island y Virginia Occidental), dato que este sitio no ha podido confirmar en la página oficial.

Lo que el reconocimiento mutuo no perdona

El solicitante presenta la solicitud jurada ante el DBPR (capítulo 455), paga las tarifas, aporta huellas dactilares para la verificación de antecedentes y declara cualquier sanción disciplinaria en otra jurisdicción. Una vez licenciado, la regla 61J2-26.003 le exige el curso de poslicencia antes de la primera renovación (45 horas el asociado de ventas, 60 horas el corredor, artículo 475.17) y después la educación continua de 14 horas por período de dos años (artículo 475.182); no cumplir la poslicencia deja la licencia nula. El licenciatario residente que se muda fuera de Florida debe avisar a la Comisión en 60 días (artículo 475.180(2)); cualquier cambio de dirección postal se notifica en 10 días (regla 61J2-10.038).

Haz el test gratis · banco completo y simulacros con la suscripción

Preguntas de muestra (35)

1. ¿Qué artículo de los Estatutos de Florida autoriza a la FREC a firmar acuerdos de reconocimiento mutuo con otras jurisdicciones?

  1. El artículo 475.180, sobre licencias de no residentes
  2. El artículo 475.17, sobre requisitos de los solicitantes
  3. El artículo 475.25, sobre la disciplina de los licenciatarios
  4. El artículo 455.213, sobre la solicitud general de licencia

Ley de Florida: el artículo 475.180(1) de los Estatutos de Florida faculta a la Comisión a celebrar acuerdos escritos con las autoridades de licencias de otras jurisdicciones respecto de la licencia de no residentes. Es la base del reconocimiento mutuo.

2. ¿Qué es, en la ley de Florida, un acuerdo de reconocimiento mutuo en materia de bienes raíces?

  1. Una decisión unilateral del DBPR de aceptar sin más trámite la licencia de cualquier otro estado
  2. Un acuerdo escrito entre la FREC y la autoridad de otra jurisdicción sobre licencias
  3. Un convenio entre las asociaciones de agentes inmobiliarios de los dos estados, sin valor legal alguno
  4. Una ley federal que obliga a todos los estados a aceptar las licencias emitidas por los demás

Ley de Florida: según el artículo 475.180(1), el reconocimiento mutuo nace de un acuerdo escrito entre la Comisión y la autoridad de licencias de la otra jurisdicción. No es reciprocidad automática ni una norma federal.

3. ¿Por qué se dice que Florida no tiene reciprocidad sino reconocimiento mutuo?

  1. Porque solo firma acuerdos con estados vecinos y niega la licencia a los demás solicitantes
  2. Porque no acepta la licencia ajena: reconoce la educación y experiencia y exige su propio examen de leyes
  3. Porque el candidato de otro estado debe repetir el curso de 63 horas y el examen estatal completo
  4. Porque la licencia de Florida obtenida así caduca cuando el titular vuelve a su estado de origen

Ley de Florida y regla del FREC: el acuerdo del artículo 475.180 reconoce la formación y la experiencia del licenciatario de otro estado, pero la regla 61J2-26.001 le exige un examen escrito de leyes de Florida. La licencia de Florida es propia, no una copia de la ajena.

4. ¿Qué regla del Código Administrativo de Florida establece el examen obligatorio para el solicitante no residente?

  1. La regla 61J2-3.008, sobre educación de prelicencia
  2. La regla 61J2-26.001, sobre requisitos de examen
  3. La regla 61J2-10.022, sobre el letrero de la oficina
  4. La regla 61J2-14.010, sobre depósitos en cuentas de escrow

Regla del FREC: la regla 61J2-26.001 del Código Administrativo de Florida dispone que el no residente que solicita licencia conforme al artículo 475.180 debe aprobar un examen escrito obligatorio sobre la ley de Florida.

5. ¿Cuántas preguntas tiene el examen de leyes y reglas exigido al solicitante no residente?

  1. 40 preguntas, de un punto cada una
  2. 100 preguntas, con 45 puntos de ley
  3. 50 preguntas, de dos puntos cada una
  4. 60 preguntas, sin puntuación negativa

Regla del FREC: la regla 61J2-26.001(1) fija un examen de 40 preguntas, cada una con valor de un punto. El examen de 100 preguntas es el del asociado de ventas o el corredor, no el del no residente.

6. ¿Con cuántos puntos se aprueba el examen de leyes y reglas del no residente?

  1. Con 30 puntos o más de 40
  2. Con 28 puntos o más sobre 40
  3. Con 32 puntos o más sobre 40
  4. Con 35 puntos o más sobre 40

Regla del FREC: la regla 61J2-26.001(1) dispone que el solicitante que obtiene 30 puntos o más sobre 40 se considera aprobado, es decir, un 75 %. Es el mismo porcentaje que en los exámenes de asociado y corredor.

7. Un candidato no residente responde correctamente 29 de las 40 preguntas. ¿Cuál es su resultado según la regla 61J2-26.001?

  1. Reprobado: 29 puntos son menos de los 30 exigidos
  2. Aprobado: supera el 70 % mínimo que exige la regla
  3. Aprobado: la regla admite hasta doce errores
  4. Pendiente: la FREC revisa uno por uno los casos entre 28 y 30

Regla del FREC: 29 sobre 40 equivale al 72,5 %, por debajo de los 30 puntos (75 %) que exige la regla 61J2-26.001(1). No existe revisión discrecional de la Comisión para resultados cercanos al corte.

8. ¿En qué materia pone énfasis particular el examen de leyes y reglas del no residente?

  1. En las matemáticas de cierre, los prorrateos y los sellos documentales
  2. En las leyes federales de vivienda justa, RESPA y TILA aplicables en Florida
  3. En los capítulos 455 y 475 de los Estatutos y en las reglas 61J2 de la FREC
  4. En los principios generales de tasación y análisis de inversiones

Regla del FREC: la regla 61J2-26.001(2) describe la materia como la ley general de licencias de bienes raíces, con énfasis particular en los capítulos 455 y 475 de los Estatutos de Florida y en las reglas de la FREC del capítulo 61J2. Se exige conocimiento de todas las áreas, pero el peso está en la ley de Florida.

9. Un solicitante viene de una jurisdicción cuyo acuerdo con Florida es muy amplio. ¿Puede eximirse del examen de leyes y reglas?

  1. Solo si presenta un certificado de educación continua reciente de su estado
  2. Sí, si el acuerdo escrito con esa jurisdicción lo dispone expresamente en su texto
  3. Sí, si ha mantenido licencia activa durante más de diez años en su estado de origen
  4. No: la regla lo exige a todo solicitante no residente, sea cual sea su jurisdicción

Regla del FREC: la regla 61J2-26.001(3) dispone que el examen se exige a todos los solicitantes de licencia de no residente, con independencia de la jurisdicción, y forma parte de cada acuerdo escrito que aplica el artículo 475.180.

10. ¿Qué finalidad declara la FREC para exigir el examen escrito al no residente?

  1. Verificar que su estado de origen ofrece las mismas ventajas a los floridanos
  2. Comprobar que domina los principios y prácticas nacionales de bienes raíces
  3. Recaudar la tarifa del examen que sostiene el Fondo de Recuperación
  4. Asegurar que conoce la ley, los estatutos y las reglas administrativas de Florida

Regla del FREC: la regla 61J2-26.001(1) explica que la Comisión considera de interés público asegurar que el no residente que busca licencia conforme al artículo 475.180 conoce la ley, los estatutos y las reglas administrativas de Florida.

11. Según la regla 61J2-26.002, ¿quién es residente de Florida a efectos de la licencia de no residente?

  1. Quien ha pasado en Florida al menos seis meses y un día durante el año fiscal inmediatamente anterior
  2. Quien tiene una propiedad inmobiliaria en Florida aunque viva habitualmente en otro estado o país
  3. Quien ha residido en Florida de forma continua cuatro meses calendario o más dentro del último año
  4. Quien está inscrito para votar en Florida o tiene licencia de conducir de este estado

Regla del FREC: la regla 61J2-26.002(1) define residente como la persona que ha residido en Florida de forma continua durante cuatro meses calendario o más dentro del año anterior. No depende de la propiedad, del padrón electoral ni de la licencia de conducir.

12. Una persona lleva tres semanas en Florida y declara que piensa quedarse al menos un año. ¿Es residente según la regla 61J2-26.002?

  1. No: solo es residente quien ya ha cumplido cuatro meses continuos en el estado
  2. Sí: reside ahora en Florida con la intención de quedarse cuatro meses o más
  3. No: la intención de residir no cuenta hasta que se registre en el condado
  4. Sí, pero únicamente si vive en una vivienda permanente y no en un hotel

Regla del FREC: la regla 61J2-26.002(2) considera residente a quien reside ahora en Florida con la intención de residir de forma continua durante cuatro meses o más. La intención presente basta, y el tipo de vivienda es indiferente.

13. ¿Qué dice la regla 61J2-26.002 sobre el tipo de vivienda en que se mantiene la residencia en Florida?

  1. Debe estar en el mismo condado donde el licenciatario registra su oficina
  2. Debe ser una vivienda permanente en propiedad o arrendada por un año como mínimo
  3. Debe ser el domicilio declarado en la solicitud de licencia ante el DBPR
  4. Es indiferente: puede ser un hotel, un apartamento o una casa, temporal o permanente

Regla del FREC: la regla 61J2-26.002 aclara que la residencia puede mantenerse en cualquier tipo de alojamiento, temporal o permanente, incluidos hoteles, moteles, apartamentos o casas. Lo que cuenta es el tiempo o la intención, no el inmueble.

14. Una persona con licencia activa en Georgia se mudó a Florida hace siete meses y ahora quiere la licencia de Florida. ¿Puede acogerse al reconocimiento mutuo?

  1. No: es residente de Florida y debe cursar las 63 horas y aprobar el examen estatal completo
  2. Sí: tener licencia activa en un estado con acuerdo basta para presentar el examen de 40 preguntas
  3. Sí, siempre que conserve una dirección postal en Georgia mientras dure la solicitud
  4. No, salvo que la FREC le conceda una dispensa de residencia por motivos de trabajo

Regla del FREC y ley de Florida: el reconocimiento mutuo del artículo 475.180 es para no residentes. Con siete meses continuos en Florida la persona es residente según la regla 61J2-26.002 y sigue la vía ordinaria: curso de prelicencia y examen estatal del artículo 475.17.

15. ¿Dónde debe comprobar un candidato si su estado tiene acuerdo de reconocimiento mutuo con Florida?

  1. En la lista de acuerdos vigentes que publica el DBPR, porque cambia con el tiempo
  2. En el capítulo 475 de los Estatutos, que enumera de forma permanente los estados con acuerdo
  3. En la regla 61J2-26.001, que nombra las jurisdicciones admitidas
  4. En la ley federal de licencias profesionales, que fija la lista para todos los estados

Ley de Florida: el artículo 475.180 no enumera estados; autoriza acuerdos escritos, de modo que la lista depende de los acuerdos vigentes y la publica el DBPR. Fuentes secundarias de 2026 citan diez estados, dato que conviene confirmar en la página oficial antes de solicitar.

16. Un licenciatario de un estado sin acuerdo de reconocimiento mutuo quiere trabajar en Florida. ¿Qué vía le queda?

  1. La ordinaria: curso de prelicencia, solicitud y examen estatal completo del artículo 475.17
  2. El examen de 40 preguntas, que la FREC ofrece a cualquier licenciatario de otro estado
  3. Una licencia temporal de seis meses mientras su estado negocia el acuerdo
  4. Trabajar bajo la supervisión de un corredor de Florida sin licencia propia

Ley de Florida: sin acuerdo del artículo 475.180, el solicitante sigue los requisitos generales del artículo 475.17 (curso de prelicencia y examen estatal). Prestar servicios de bienes raíces sin licencia de Florida viola el artículo 475.42.

17. Un corredor con licencia activa en un estado con acuerdo aprueba el examen de leyes y reglas. ¿Qué licencia de Florida obtiene?

  1. Una licencia provisional que se convierte en definitiva tras la poslicencia
  2. La de asociado de ventas, y debe acumular dos años de experiencia en Florida para ser corredor
  3. La equivalente a la que posee: la de corredor, con los requisitos de licencia de no residente
  4. La de corredor asociado, porque un no residente no puede abrir una oficina propia en Florida

Ley de Florida: los acuerdos del artículo 475.180 reconocen la educación y la experiencia del licenciatario, por lo que recibe la licencia de Florida equivalente a la de su estado (asociado de ventas o corredor), sujeta a las reglas para no residentes.

18. ¿De qué queda dispensado el solicitante por reconocimiento mutuo?

  1. Del curso de prelicencia y del examen estatal completo, sustituido por el de 40 preguntas
  2. De la solicitud jurada, de las tarifas y de la verificación de antecedentes
  3. De la educación de poslicencia y de la educación continua de Florida
  4. De trabajar bajo un corredor de Florida durante el primer período de licencia

Ley de Florida y regla del FREC: el acuerdo del artículo 475.180 reconoce la formación previa, de modo que no se repite el curso de prelicencia ni el examen de 100 preguntas; en su lugar se aprueba el examen de la regla 61J2-26.001. La solicitud, las tarifas, las huellas y la educación posterior siguen exigiéndose.

19. ¿Cuál de estas obligaciones sigue exigiéndose al solicitante por reconocimiento mutuo?

  1. Aprobar el examen estatal de 100 preguntas del asociado de ventas administrado por Pearson VUE
  2. Completar el curso de prelicencia de 63 horas en una escuela aprobada de Florida
  3. Presentar la solicitud ante el DBPR con huellas dactilares y declarar la disciplina previa
  4. Acreditar cuatro meses de residencia continua en Florida antes de presentar la solicitud

Ley de Florida: la solicitud se presenta conforme al capítulo 455 y al artículo 475.17, con verificación de antecedentes y declaración de disciplina previa. El curso y el examen completo son lo que el acuerdo dispensa, y la residencia en Florida precisamente descalifica.

20. Un solicitante tuvo licencia en un estado con acuerdo, pero la dejó caducar hace tres años. ¿Califica para el reconocimiento mutuo?

  1. No: el acuerdo presupone una licencia vigente y en regla en la jurisdicción de origen
  2. Sí: basta con haber tenido licencia en algún momento en un estado con acuerdo de reconocimiento
  3. Sí, si aprueba el examen de 40 preguntas con al menos 35 puntos en lugar de los 30 habituales
  4. Solo si el estado de origen reactiva su licencia con efecto retroactivo

Ley de Florida: el reconocimiento mutuo del artículo 475.180 se apoya en la licencia que el solicitante posee en la otra jurisdicción; sin licencia activa y en regla no hay formación ni experiencia que reconocer, y el DBPR exige la certificación de esa licencia con la solicitud.

21. ¿Ante qué organismo presenta su solicitud de licencia el candidato por reconocimiento mutuo?

  1. Ante Pearson VUE, que la reenvía a la Comisión una vez que el candidato aprueba el examen
  2. Ante la FREC directamente, en una audiencia pública convocada cada trimestre en Orlando
  3. Ante el DBPR, en el formulario del capítulo 455, bajo juramento y con la tarifa
  4. Ante la autoridad de licencias de su estado, que la tramita con Florida

Ley de Florida: las solicitudes de licencia profesional se presentan ante el Departamento de Regulación Empresarial y Profesional (DBPR) conforme al artículo 455.213, con la tarifa y bajo juramento; la FREC decide sobre la calificación del solicitante (artículo 475.17).

22. ¿Qué debe declarar el solicitante no residente sobre su historial en otras jurisdicciones?

  1. Nada: la verificación de antecedentes la hace el DBPR con las huellas dactilares
  2. Únicamente las sanciones firmes de los últimos doce meses en su estado de origen
  3. Solo las condenas por delitos relacionados directamente con la actividad de bienes raíces
  4. Toda sanción disciplinaria y toda condena penal, aunque estén en otro estado

Ley de Florida: el artículo 475.17(1)(a) exige que el solicitante sea honesto, veraz y de buena reputación; el artículo 475.25(1)(f) y (g) sancionan la condena penal y la disciplina en otra jurisdicción. Ocultarlas en la solicitud jurada es a su vez causa de negación o revocación (artículo 475.25(1)(m)).

23. ¿Para qué exige la ley de Florida las huellas dactilares del solicitante de licencia?

  1. Para inscribir su firma electrónica en los contratos de venta que redacte
  2. Para la verificación de antecedentes penales estatales y federales
  3. Para vincular su licencia a la cuenta de escrow de su corredor registrado
  4. Para emitir la tarjeta de identificación que exige Pearson VUE

Ley de Florida: los capítulos 455 y 475 exigen a los solicitantes de licencia de bienes raíces presentar huellas dactilares para la comprobación de antecedentes penales por el FDLE y el FBI. El reconocimiento mutuo no dispensa de esta comprobación.

24. ¿Quién administra en la práctica los exámenes de bienes raíces del DBPR, incluido el de leyes y reglas?

  1. Un proveedor contratado por el DBPR, actualmente Pearson VUE, en centros de examen
  2. La propia FREC, en sesiones presenciales celebradas en su sede de Orlando
  3. Las escuelas de bienes raíces aprobadas, al terminar el curso de prelicencia
  4. La autoridad de licencias del estado de origen, por delegación de Florida

Ley de Florida: el artículo 475.175 y el capítulo 455 permiten al DBPR contratar la administración de los exámenes; el proveedor vigente es Pearson VUE. Se trata de un contratista del Departamento, no de la Comisión ni de las escuelas.

25. ¿Qué puede pedir un candidato hispanohablante respecto del idioma del examen de leyes y reglas?

  1. Presentar el examen en su estado de origen en el idioma en que obtuvo su licencia
  2. Exigir un intérprete jurado presente en la cabina durante toda la sesión de examen, a su costa
  3. Pedir al proveedor la versión en español; el examen se administra en inglés por defecto
  4. Nada: el DBPR solo ofrece sus exámenes de bienes raíces en inglés

Ley de Florida y práctica del DBPR: el capítulo 455 permite al Departamento ofrecer versiones traducidas de sus exámenes; el candidato puede solicitar la versión en español al proveedor al reservar. Este sitio no promete que el examen «se haga en español»: la versión traducida se pide y depende de la disponibilidad del DBPR.

26. Aprobado el examen y admitida la solicitud, ¿quién emite la licencia de Florida?

  1. Pearson VUE, en el mismo centro de examen, al entregar el informe de puntaje
  2. La FREC, que la firma en su siguiente reunión ordinaria mensual y la envía por correo
  3. El DBPR, conforme al artículo 475.181, una vez que la FREC certifica al solicitante
  4. El corredor de Florida que registra al nuevo licenciatario bajo su firma

Ley de Florida: el artículo 475.181 dispone que el Departamento emite la licencia a quien la Comisión certifica como calificado. La Comisión certifica; el Departamento expide.

27. ¿Qué exige la regla 61J2-26.003 al no residente que obtuvo su licencia por reconocimiento mutuo?

  1. Nada adicional: la educación continua de su estado de origen sustituye a la de Florida mientras siga siendo no residente
  2. Repetir el examen de leyes y reglas cada dos años para mantener la licencia activa en Florida
  3. Cursar las 63 horas de prelicencia de Florida dentro del primer período de licencia
  4. Cumplir la educación de poslicencia antes de la primera renovación y después la educación continua

Regla del FREC: la regla 61J2-26.003(1) declara de interés público que el no residente se mantenga al día en la ley de Florida y le exige la poslicencia de la regla 61J2-3.020 antes de la primera renovación y, después, la educación continua de la regla 61J2-3.009.

28. Un asociado de ventas no residente prepara su primera renovación. ¿Cuántas horas de poslicencia exige la ley de Florida?

  1. 45 horas, artículo 475.17(3)
  2. 60 horas, según el artículo 475.17(4)
  3. 14 horas, según el artículo 475.182
  4. 28 horas, según el artículo 475.183

Ley de Florida: el artículo 475.17(3) exige al asociado de ventas 45 horas de poslicencia antes de la primera renovación; las 60 horas del artículo 475.17(4) son para el corredor; las 14 horas son la educación continua posterior y las 28 el curso de reactivación.

29. Un corredor licenciado por reconocimiento mutuo llega a su primera renovación. ¿Qué curso debe haber completado?

  1. El de poslicencia de asociado de ventas de 45 horas del artículo 475.17(3)
  2. El de poslicencia de corredor de 60 horas del artículo 475.17(4)
  3. El de prelicencia de corredor de 72 horas aprobado por la FREC para nuevos corredores
  4. Ninguno: el corredor solo debe la educación continua de 14 horas

Ley de Florida: el artículo 475.17(4) exige al corredor 60 horas de poslicencia antes de su primera renovación; la regla 61J2-26.003 extiende esa obligación expresamente al no residente licenciado por reconocimiento mutuo.

30. ¿Qué ocurre si el licenciatario no residente no completa la poslicencia antes de su primera renovación?

  1. Recibe una multa administrativa de 500 dólares y un plazo extra de 90 días
  2. La licencia pasa a inactiva voluntaria hasta que presente el certificado del curso
  3. La licencia queda nula (null and void), conforme al artículo 475.17(3) o (4)
  4. Debe repetir el examen de leyes y reglas antes de la siguiente renovación de la licencia

Regla del FREC y ley de Florida: la regla 61J2-26.003(2) remite a las sanciones del artículo 475.17(3) y (4): sin la poslicencia, la licencia queda nula, no simplemente inactiva. El asociado puede volver a calificar cursando la prelicencia y aprobando de nuevo el examen.

31. Un licenciatario no residente no pudo completar la poslicencia por una enfermedad grave. ¿Qué prevé la regla 61J2-26.003?

  1. Solicitar al DBPR una prórroga automática de doce meses sin justificarla
  2. Seguir el procedimiento de dificultad extrema de la regla 61J2-3.013
  3. Pedir a su estado de origen que certifique su educación continua reciente
  4. Nada: la ley de Florida no admite excepciones a la poslicencia

Regla del FREC: la regla 61J2-26.003(3) remite los casos de dificultad extrema al procedimiento de la regla 61J2-3.013, que permite a la Comisión valorar circunstancias como una enfermedad grave. No hay prórroga automática.

32. Después de la primera renovación, ¿cuánta educación continua debe el licenciatario en cada período de dos años?

  1. 28 horas, incluidas 4 horas de actualización legal y 4 de gestión de riesgos
  2. 45 horas, incluidas 3 horas de ética profesional y 3 de vivienda justa
  3. 14 horas, incluidas 3 horas de actualización de la ley de Florida
  4. 8 horas, todas de actualización de la ley de Florida

Ley de Florida y regla del FREC: el artículo 475.182 exige 14 horas de educación continua por período de renovación, y la regla 61J2-3.009 destina 3 de ellas a la actualización de la ley de Florida (core law). El no residente cumple la misma obligación (regla 61J2-26.003).

33. Un licenciatario no residente completó 20 horas de educación continua en Georgia. ¿Le sirven para la renovación de Florida?

  1. Solo la mitad: la FREC convalida hasta 7 horas de cursos de otros estados
  2. Sí: la FREC acepta cualquier educación continua de un estado con acuerdo de reconocimiento mutuo
  3. Sí, siempre que superen las 14 horas exigidas y estén certificadas por la autoridad de su estado
  4. No, salvo que sean cursos aprobados por la FREC: la regla 61J2-26.003 exige la de Florida

Regla del FREC: la regla 61J2-26.003 obliga al no residente a la educación continua conforme a la regla 61J2-3.009, que exige cursos aprobados por la Comisión; la aprobación de Florida es lo que cuenta, no el estado donde se cursó.

34. ¿Cada cuánto se renueva la licencia de bienes raíces de Florida?

  1. Cada tres años, con vencimiento el 31 de diciembre
  2. Cada año, con vencimiento en la fecha de emisión de la licencia
  3. Cada dos años, con vencimiento el 31 de marzo o el 30 de septiembre
  4. Cada cuatro años, coincidiendo con el mandato de la Comisión

Ley de Florida y regla del FREC: el artículo 475.182 fija períodos de renovación de dos años; las reglas de renovación del DBPR asignan a cada licencia un vencimiento el 31 de marzo o el 30 de septiembre según su fecha de emisión.

35. Un licenciatario residente de Florida se muda a Carolina del Norte. ¿Qué le exige el artículo 475.180(2)?

  1. Notificar el cambio de residencia a la Comisión en 60 días y cumplir los requisitos de no residente
  2. Devolver la licencia de Florida al DBPR y solicitar una nueva licencia como no residente
  3. Registrarse bajo un corredor de Carolina del Norte dentro de los 30 días siguientes a la mudanza definitiva
  4. Nada, mientras conserve una dirección postal en Florida para las notificaciones

Ley de Florida: el artículo 475.180(2)(a) obliga al licenciatario residente que se convierte en no residente a notificar el cambio a la Comisión dentro de 60 días y a cumplir los requisitos de no residente. No pierde la licencia por mudarse.

Comienza gratis